BUENOS AIRES – El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) respondió a una de las consultas más frecuentes de quienes ingresan a Argentina con mascotas y planean regresar a su país de origen, especialmente la Unión Europea o Gran Bretaña: ¿es posible utilizar el mismo Certificado Veterinario Internacional (CVI) o pasaporte para el retorno?
De acuerdo con el Senasa, el mismo CVI emitido originalmente puede ser válido para el regreso si incluye expresamente que permite el retorno, especifica el plazo máximo permitido y se encuentra vigente. Si estos requisitos no están claramente detallados, será necesario tramitar un nuevo certificado ante el organismo.
En caso de contar con un pasaporte veterinario oficial legalizado, se exige que la vacunación antirrábica esté vigente al momento del regreso. Si la mascota es revacunada en Argentina, también deberá emitirse un nuevo CVI.
El CVI y los pasaportes oficiales legalizados son documentos fundamentales para acreditar el cumplimiento de los requisitos sanitarios internacionales, asegurando la prevención de enfermedades y facilitando el traslado seguro de mascotas como perros y gatos.
El Senasa, encargado de la certificación oficial para la importación y exportación de animales de compañía, ofrece atención a través de varios canales para resolver dudas específicas. Los interesados pueden comunicarse mediante correo electrónico a responde@senasa.gob.ar, WhatsApp al +541135859810, o visitar sus oficinas de lunes a viernes, de 9 a 17 horas.