El Ministerio de Economía (Mineco) anunció que el próximo 23 de marzo entrará en vigor el Reglamento de Operaciones del Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI). Dicho documento busca, según el Mineco, ser un beneficio económico para el país, “al brindar nuevas oportunidades a la exportación a los sectores productivos nacionales”.
El Reglamento está enmarcado en el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, artículo 4.19. Dicho Tratado especifica la creación de la norma para evaluar la capacidad de abastecimiento real de un productor de disponer de materiales utilizados en la producción de una mercancía.
En un comunicado de prensa el Mineco cita: “El mecanismo será de gran utilidad, especialmente para la industria textil y de confección, pues permite la flexibilización de la regla de origen establecida en el Tratado en casos específicos donde se demuestre el desabastecimiento de materia prima en los países que conforman el acuerdo. De esta manera, se brinda la oportunidad al productor de abastecerse de insumos de otros países que no forman parte del Tratado, conservando aún el origen de las mercancías para disfrutar de la preferencia arancelaria”.
El Reglamento fija los requisitos mínimos y el proceso que debe realizarse en la investigación. De esta manera, se determina el abastecimiento real de un productor en el territorio específico de las naciones en las que está vigente el Tratado. Es así como pueden fijarse condiciones de oportunidad, volumen, calidad y precio.
De conformidad con el artículo 4.25 del Tratado en mención, para facilitar la administración de las disposiciones referentes al CIRI, las partes deben contar con un Reglamento de Operación, el que será adoptado por la Comisión Administradora. Es por ello que el 23 de marzo estará vigente el específico para Guatemala.