El Programa Techo Propio se consolida como un soporte estatal para familias de bajos recursos económicos en Perú, enfocado en promover el acceso a la vivienda digna con servicios básicos esenciales. Este programa, que facilita la compra, construcción o mejora de viviendas, anuncia la permanencia del valor del Bono Familiar Habitacional (BFH) en 8.75 UIT, lo que corresponde aproximadamente a 38,543.75 soles peruanos, para la adquisición de viviendas nuevas hasta finales del año 2023.
El BFH representa una ayuda significativa, otorgada por única vez y que no requiere ser devuelta, recompensando el esfuerzo de ahorro de las familias beneficiarias. Esta subvención es asignada directamente por el Estado y apoya a los ciudadanos para concretar su derecho a una vivienda adecuada.
La resolución ministerial garantiza que este incentivo estatal se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2023, proporcionando una ventana de tiempo para que las familias cumplan con los criterios necesarios, como el ahorro mínimo, y accedan al beneficio.
¿Cuáles son los requisitos?
• Conformar un Grupo Familiar (GF): Debe estar conformado por un Jefe de Familia, que declarará a uno o más dependientes que pueden ser: su esposa, su conviviente, sus hijos, hermanos o nietos menores de 25 años o hijos mayores de 25 años con discapacidad, sus padres o abuelos.
• No haber recibido apoyo habitacional del Estado (Enace, Fonavi, BANMAT o el FMV).
• El Ingreso Familiar Mensual (IFM) neto no debe exceder de S/ 3,715 o de S/ 2,071 para VIS Priorizada (aplicable a la Jefatura Familiar).
• No tener vivienda, terreno propio o aires independizados para vivienda a nivel nacional.
Modalidad Adquisición de Vivienda Nueva
Características:
Ahorro: Mediante Resolución Ministerial N° 415-2022-VIVIENDA se mantiene el valor excepcional del Ahorro Mínimo en la modalidad de AVN de 0.3% del valor de la vivienda
Financiamiento Complementario Techo Propio:
El Financiamiento Complementario Techo Propio (FCTP) es un crédito hipotecario canalizado a través de las Instituciones Financieras Intermediarias (IFI) con recursos del FMV que complementa al BFH y ahorro del beneficiario siempre que cumpla con los requisitos del Programa Techo Propio y del FCTP.
Se acepta la figura de Deudor Solidario para garantizar la continuidad del pago de las cuotas ante una eventualidad que el titular no pueda pagar en la fecha pactada, según cronograma de pagos.
Plazo: Hasta 25 años.
Tasa: Tasa fija y en soles