IGV a servicios de plataformas digitales
IGV a servicios de plataformas digitales

Perú implementa impuesto del 18% de IGV a servicios de plataformas digitales

El Ejecutivo oficializó la norma que establece un impuesto del 18% a los servicios digitales proporcionados por plataformas extranjeras como Netflix y Spotify.
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Lima. Este domingo 4 de agosto se publicó en el diario oficial El Peruano la normativa que obliga a las plataformas digitales con domicilio en el extranjero y que brindan servicios a residentes en Perú, como Netflix y Spotify, a pagar el 18% del Impuesto General a las Ventas (IGV). Esta medida se enmarca en la Ley N° 32089, que faculta al Poder Ejecutivo a legislar en materias de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, entre otras.

Principales disposiciones del Decreto Legislativo

  1. Las personas naturales que no realizan actividad empresarial y que utilicen servicios digitales de sujetos no domiciliados serán consideradas contribuyentes del IGV, independientemente de la frecuencia con que realicen dichas operaciones.
  2. El mecanismo de recaudación del IGV aplicable a personas naturales que no realizan actividad empresarial, cuando utilicen servicios digitales prestados por sujetos no domiciliados o importen bienes intangibles a través de Internet.
  3. Los criterios y supuestos para determinar cuándo los servicios digitales o bienes intangibles importados a través de Internet se emplean o consumen en el país.

Criterios de consumo 

La norma incorpora definiciones y criterios específicos para determinar el consumo o empleo de servicios digitales y bienes intangibles en Perú:

  • Residencia habitual del usuario: Se considera que los servicios digitales se consumen en Perú si el usuario tiene su residencia habitual en el país, lo cual se determina a través de varios supuestos, como la dirección IP asignada al dispositivo, el código país de la tarjeta SIM, el método de pago utilizado, y la dirección registrada ante el proveedor de servicios digitales.
  • Servicios digitales: Incluye acceso y transmisión de contenido digital como imágenes, videos, música, almacenamiento de información, acceso a redes sociales, servicios de conferencia remota, y más.
  • Bienes intangibles: Se refiere a bienes descargados de manera definitiva a través de Internet.

Impacto en la recaudación fiscal

El ministro de Economía, José Arista, destacó que esta medida también se aplicará a otros servicios como Airbnb, que cobra tanto al anfitrión como al huésped. Adicionalmente, se aprobó un decreto para regularizar el pago del Impuesto a la Renta (IR) en operaciones de venta de acciones o valores fuera de la Bolsa de Valores de Lima (BVL).

Arista estima que estas medidas permitirán recaudar aproximadamente us$ 213 millones (S/800 millones) en un año, contribuyendo significativamente a las arcas fiscales del país.